Documentación Necesaria
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Las solicitudes deberán presentarse por
Nota de Pedido
a través de la Mesa de Entrada Municipal con los datos del contribuyente: nombre y apellido, número de Cuil, y en lo posible número de
partida del inmueble baldío/edificado.
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La
Nota de Pedido
deberá estar dirigido a la Sección de Rentas Municipal.
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El Certificado Libre de Deuda es emitido únicamente al propietario del/los inmuebles(s), persona con registro de multas(s) y/o titular
del comercio(s), industria(s) o establecimiento(s) de prestación de servicios. Se hará la salvedad al apoderado del mismo, llámese
escribano y/o contador.
Observaciones
- Si de los informes de Rentas Municipal surge inexistencia de deuda exigible, se extenderá el Certificado de Libre de Deuda.
- Si no existe deuda liquida exigible, se extenderá certificado de libre deuda, pero aclarándose expresamente tal situación.
- Si el Certificado fuera expedido con deuda por cualquier concepto, el mismo podrá ser liberado cancelando las mismas.
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Con relación específica a la Tasa General Inmobiliaria y Tasa de Seguridad, Higiene y Profilaxis, deberán encontrarse canceladas a la
fecha en que se expida el certificado para obtener el libre deuda.
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Los certificados que se expidan tendrán un plazo de validez de veinte días hábiles a contar de la fecha de emisión y deberá ser
utilizado en ese término.
El Certificado Libre de Deuda es gratuito
La presentación de la Nota de Pedido tiene un
costo de trámite $ 50,00